|
|
M e m b r e c í a s
|
| |
Los Derechos y obligaciones de los miembros de la Sociedad
se encuentran en los artículos 11 al 14 de los Estatutos de la SOMEDE.
|
| |
Cuotas
|
- La Asamblea General establece el monto de las cuotas de membrecía.
- Las cuotas de membrecía se pagan anualmente.
- La SOMEDE, a través de su Consejo Directivo, podrá solicitar cuotas extraordinarias con carácter voluntario, cuando así lo considere necesario.
- La cuota de membrecía para los miembros aspirantes, será del 50% de las determinadas por la Asamblea General para los miembros regulares y correspondientes.
- Los miembros honorarios están exentos del pago de cuota de membrecía.
|
| |
|
|
| |
 |
Membrecía Regular y Correspondientes
Miembros Correspondientes. Los profesionistas radicados fuera de la República Mexicana, siempre y cuando satisfagan los mismos requisitos estipulados para los Miembros Regulares, con excepción de su residencia.
Miembros Regulares. Serán miembros regulares todos los mexicanos o aquellos extranjeros residentes en la República Mexicana que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Haber cursado y aprobado un programa de estudios formales en demografía a nivel de posgrado, ya sea maestría, doctorado o equivalente.
- Haber cursado y aprobado un programa universitario a nivel de licenciatura y haberse dedicado a la investigación en población o a la enseñanza de la demografía, siempre que se hayan ejercido éstas actividades por un lapso mínimo de tres años y se tengan trabajos publicados cuyo tema principal sea de carácter demográfico.
Cuota: MXN 805.00
|
| |
|
|
| |
 |
Membrecía Aspirantes
Serán Miembros Aspirantes los profesionales dedicados a la demografía que aún no reúnan los requisitos estipulados para ser miembros regulares, así como los estudiantes que demuestren estar realizando estudios sobre demografía a nivel de licenciatura o postgrado.
Cuota: MXN 402.50 |
| |
|
|
|